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RESPONSABILIDAD SANITARIA IV ⏩ JURISPRUDENCIA
Último episodio, es un poco largo, pero merece la pena!!!
Sentencia del TSJ de Asturias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, de 20 de febrero de 2017:
condena a la Administración sanitaria por el fallecimiento de una menor de 13 años tras 2 dosis de la vacuna del VPH, sin que se advirtiera reacción adversa tras la administración de la primera dosis.
La menor tenía antecedentes de asma bronquial desde los 18 meses de vida. Con la 1° vacuna sufre una reacción leve. A las 12 horas de administrar la 2° dosis fallece.
“dada la dolencia de la menor, y la necesidad acreditada del Programa de prevención del VPH no pueden formularse reproches a la aplicación del tratamiento de vacunación y la primera dosis, puesto que estamos ante un programa general, anclado en recomendaciones europeas y con implantación generalizada autonómica, bajo sólidos estudios que respaldan la positiva relación riesgo/beneficio, y cara a combatir la infecciones responsables del cáncer de útero y conexas”, si bien advierte la Sala que: “un panorama de aprobación oficial no relaja el deber de vigilancia por la administración sanitaria ante las reacciones adversas que puede provocar su aplicación”.
Continúa diciendo:.. en materia de campañas de vacunación, no se está ante un tratamiento médico o quirúrgico singular sino ante una actuación masiva que está previamente testada en cuanto a seguridad y sujeta a informes técnicos previos que lo avalan
(➡️Aunque la vacuna del covid lejos está aún de eso), sin perjuicio de las consecuencias de las reacciones adversas que pueden producirse y que de estar asociadas a una mala praxis puedan ser objeto de indemnización.
Y condena a la Administración por los siguientes motivos: ?⚖?⚖?⚖
Se trata de un Programa preventivo incentivado por la propia administración sanitaria que nos sitúa ante una menor cuyos padres de buena fe y bajo confianza legítima la someten al mismo.
Se trata de un Programa que cuenta con la administración de una vacuna concreta, Gardasil, cuya elección ha correspondido a la administración dentro de las posibles.
Se trata de una vacuna en fase de implantación, y como tal, impone no solo el cumplimiento de los deberes de Farmacovigilancia normativamente impuestos, sino una actividad de diligencia y atención y atención a sus resultados y riesgos. Especialmente cuando tiene por destinatarios al colectivo de menores de edad.
Se trata de una paciente que desde mediados de 2010 no consta que hubiese tenido ninguna crisis asmática merecedora de asistencia hospitalaria, de manera que la existencia de una crisis asmática grave tras la ingesta de la primera a mediados de 2012 demuestra bajo criterios lógicos, cuando menos un panorama de vinculación o riesgo entre la aplicación de la vacuna y la respuesta inmunológica de la menor.
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RESPONSABILIDAD SANITARIA III ⏩
VIAS LEGALES
Continuamos con la serie...
Cómo podemos exigir su responsabilidad:
✅ En vía civil, solicitando la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la reacción adversa de la vacuna. El paciente sólo debe acreditar el daño producido, mientras que el médico tendrá la carga de probar que cumplió todos los requisitos a los que nos referimos en la anterior publicación
✅ En vía penal, cuando los hechos además constituyan delito.
Por ejemplo si se produce la muerte (delito de homicidio por imprudencia profesional 142.1 CP) o lesiones (delito de lesiones por imprudencia profesional 152.1 CP).
En estos casos, también puede exigirse la indemnización (responsabilidad civil derivada del delito)
¿Y si la vacuna está incluida en el calendario oficial? ?
✅ Vía contencioso administrativa
Entonces, podrá exigirse responsabilidad patrimonial a la Administración por anormal funcionamiento de los servicios coforme al art. 106.2 de la Constitución, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera incurrir por la autorización de la vacuna a través de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).
Es importante señalar que el sistema de responsabilidad de los médicos y sanitarios es objetivo, lo que significa que en caso de provocar un daño responderán con bastante probabilidad. Por ello, están obligados a suscribir un seguro obligatorio para ejercer.
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elEconomista.es
Fallo pionero sobre las vacunas del Covid: la justicia abre la puerta a pedir indemnizaciones al Estado por los efectos secundarios
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJE) abre la puerta a que los ciudadanos puedan exigir responsabilidad patrimonial a la Administración por los efectos adversos sufridos tras la vacuna del Covid-19. La sentencia, de este 3 de mayo, condena…
Sobre el auto que han publicado no sé si será el auténtico, pero lo encuentro bastante falto de motivación. Para adoptar una medida cautelar también debe tenerse en cuenta el perjuicio para terceros y en este caso no nada se dice al respecto...
Seguiremos atentos ?
El criminal auto judicial del Juez Pedraz para censurar y prohibir Telegram en toda España.
No sabemos lo que pasará ni el tiempo que tardarán en reactivar Telegram, pero en cualquier caso dejo por aquí un correo electrónico de emergencia:
??
Azcón exige saber con quién habló Koldo en su intento de vender mascarillas a Aragón
https://www.heraldo.es/noticias/aragon/2024/03/06/azcon-koldo-mascarillas-armengol-ceoe-1716561.html
HERALDO
Azcón exige saber con quién habló Koldo en su intento de vender mascarillas a Aragón
El presidente de Aragón sostiene que las explicaciones de Armengol son “insuficientes” y cree que debería dejar el cargo.
Disparan en la cara al exlíder del PP catalán Alejo Vidal-Quadras en la calle Núñez de Balboa.
Europa Press
Disparan en la cara al exlíder del PP catalán Alejo Vidal-Quadras en la calle Núñez de Balboa
El exlíder del PP de Cataluña Alejo Vidal-Quadras de 78 años ha recibido un disparo en la cara al...
? ??⚖️ El CGPJ aprueba un comunicado contra la amnistía que considera "la abolición del Estado de Derecho" (6/11/2023)
«El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decidido, por nueve votos a favor y cinco desfavorables, emitir un comunicado en contra de la amnistía que considera "la abolición del Estado de Derecho".
(...) El Consejo sirve como órgano consultivo de las leyes que se aprueban en el Parlamento, sin embargo, lo insólito de esta vez es que se pronuncian sin que la ley haya llegado a la Cámara y sin haber sido preguntados.
(...) En el texto acordado se manifiesta que hasta ahora el Consejo ha sido mero observador de lo que estaba ocurriendo, pero que ahora asisten con "intensa preocupación y desolación" al pacto de una ley de amnistía que "supone la degradación, cuando no la abolición, del Estado de derecho en España".
Los vocales acusan al presidente del Ejecutivo en funciones, Pedro Sánchez, de anteponerse a la Constitución con una ley que producirá la impunidad de un sector de la población. "Confundir el 'interés de España' con el interés del Presidente del Gobierno en funciones para evitar la hipotética formación de gobiernos de partidos de una ideología diferente a la suya es algo manifiestamente incompatible con la alternancia política". El comunicado refleja que la amnistía supone "degradar y convertir nuestro Estado de derecho en objeto de mercadeo al servicio del interés personal que pretende presentarse desde el rechazo al pluralismo político, como el 'interés de España'".
La amnistía, dicen, generará "una clase política jurídicamente irresponsable e impune por sus delitos" lo que supone quebrar el principio de igualdad de los ciudadanos ante la ley. "Se violenta la independencia de los tribunales" y se rompe el marco de convivencia, remachan.»
El Independiente
El CGPJ aprueba un comunicado contra la amnistía que considera "la abolición del Estado de Derecho"
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decidido, por nueve votos a favor y cinco desfavorables, emitir un comunicado en contra de la amnistía que
DERECHO DE ACCESO A LOS AUTOS EN PROCESOS JUDICIALESAquí tenéis un escrito con la explicación e instrucciones para poder consultar la documentación de vuestros procesos judiciales
También hay un ejemplo de escrito para presentar al juzgado si os deniegan el acceso
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